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RESPONSABILIDAD DE LOS ABOGADOS EN SU ACTUAR PROFESIONAL EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES DE SUS MANDANTES A PROPÓSITO DEL RECHAZO DEL REQUERIMIENTO DEL FISCAL NACIONAL ECONOMICO

El día 06 de Septiembre pasado, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, rechazó el requerimiento del Fiscal Nacional Económico contra Integra Médica S.A., que imputaba a dicha empresa un abuso de posición de dominio y de situación de dependencia económica al obligar-presuntamente- a los médicos que prestan servicios en sus centros a contratar los servicios integrados de asesoría legal especializada y seguro de responsabilidad civil por negligencia médica con una empresa determinada, bajo amenaza de desvinculación.

Por otra parte, el ámbito de dicho requerimiento comprendía a los servicios sociales y de salud; el financiamiento de planes de seguros y pensiones con excepción de los planes de seguridad social de afiliación obligatoria, el abuso de posición de dominio en relación a ventas atadas y por cierto, los intereses gremiales del cuerpo médico de Chile como todo el país conoce y sabe.

Ahora bien, el fundamento de dicho rechazo por parte del Tribunal luego de analizado los antecedentes y alegaciones de las partes intervinientes, incluido el Colegio Médico, fue que Integra Médica no tiene ni tuvo interés económico en el mercado relevante. Más aún, no se acreditó la posición de dominio de esta ni la dependencia económica de los médicos al contratar los servicios en dicha empresa. Asimismo, tampoco se habría constatado respecto de esta empresa la conducta imputada  dirigida a forzar bajo amenaza a los médicos a contratar los servicios descritos con una empresa determinada.

Finalmente se declara que si algún profesional que labora en Integra Médica, deseara contratar colectivamente estos servicios por razones de conveniencia económica, deberá asegurarse que ese proceso sea transparente, en igualdad de condiciones para los participantes y con el necesario resguardo de la libertad de cada médico para contratarlos en forma independiente.

Esto último, por cierto que un gran logro de la orden médica en el ámbito de sus reivindicaciones gremiales en favor de sus colegiados, que por cierto sirve de ejemplo a otras órdenes profesionales.  

Ahora bien, dicho fallo judicial independiente de que guste o no a quienes actuaron en ese asunto, obviamente que genera un precedente para situaciones similares, presentes o futuras que derechamente van a exigir mayor destreza y habilidad para probar las alegaciones que se sustenten, pues los razonamientos para rechazar el requerimiento distinguiendo conductas y situaciones, son indicios de criterio y prueba que deberán ser evaluados, considerados y oportunamente acreditados para nuevos casos en la medida que dichos actos sean reiterativos y por cierto, de conocimiento de este Tribunal.

Por ello, que las denuncias que se hacen y que precisamente son recogidas y avaladas por las partes y órganos competentes, exigen de todos los intervinientes, actuar con responsabilidad en los procesos judiciales, sobre todo si el propio fallo expresamente establece que en el caso del Colegio Médico al hacerse parte, “ no aportó antecedente alguno y en estrados se limitó a formular cargos en contra de Integra Médica que son ajenos al requerimiento y dicen relación con un conflicto entre ambas instituciones que no interesa a efectos de esta causa”.

En consecuencia, este cambio radical en el modo de pensar y actuar con motivo de este caso seguido ante un Tribunal Especial e Independiente, de carácter colegiado y que se dedica exclusivamente al Conocimiento de Competencia,  exige de los abogados operadores en representación de los intereses de sus mandantes al igual que en la Nueva Justicia Penal, asumir que hay que probar de manera activa lo que se alega o denuncia en los discursos o los alegatos como era en un pasado no muy lejano, pues el derecho que se está aplicando y creando para cada caso en particular hoy en día en nuestro país, efectivamente no sólo sienta precedentes jurisprudenciales, sino que además, hace que los anhelos de Justicia se tornen más accesibles y concretos para toda la población y ello por cierto que es muy importante, sobretodo cuando la información y el contenido de las sentencias judiciales se torna cada día más accesible a la población como señal de absoluta transparencia y claridad; garantía propia de todo Estado Democrático de Derecho.  


Kléber Monlezun Cunliffe
Abogado

www.lmoabogados.cl
www.djp.cl

 
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